El Tribunal Superior de Madrid asegura que el Ejecutivo se extralimitó al aplicar el estatus de alta dirección a mandos superiores de la Sepi con contrato ordinario para rebajarles el sueldo y aplicar el despido barato.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha escrito un nuevo capítulo en la guerra que enfrentaba a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (Sepi) y a una docena de directivos de varias compañías públicas que habían sido despedidos por no aceptar la reconversión de su contrato de régimen ordinario, es decir, amparados por el Estatuto de los Trabajadores, por otro que los equiparaba a un alto directivo y, por tanto, sujetos al despido barato de siete días de indemnización.

Hasta ahora, los juzgados de primera instancia habían fallado mayoritariamente a favor de la reforma impulsada por el Gobierno que, además de abaratar el despido, limitaba el salario de los altos directivos de empresas públicas. Sin embargo, el Tribunal Superior de Madrid acaba de abrir un nuevo frente al diferenciar a un colectivo de mandos superiores que estaban contratados en régimen ordinario y, por tanto, no tenían la condición de alta dirección, y que la Sepi obligó a cambiar de estatus amparándose en una norma sin rango de ley que aprobó el Gobierno como una extensión de la reforma laboral para las empresas de titularidad pública.

"La sentencia dice que el Gobierno carece de la habilitación legal para transformar los contratos de estas personas", explica de Álvaro Hernando de Larramendi, socio director de Ejaso y representante legal de los directivos que demandaron a Sepides, filial del ente estatal.

Fuente: www.expansion.com
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